Hace unas semanas, España anunció que permitirá la entrada de turistas extracomunitarios completamente vacunados. Desde el mes de junio, colombianos vacunados ya se encuentran autorizados para ingresar al país europeo, sin embargo, el día 25 de julio el Consulado de España en Bogotá sacó un nuevo comunicado donde expone que los viajeros colombianos deberán guardar cuarentena a su llegada.
Por eso, en esta nota les contamos cuáles son los requisitos actualizados (26/07/21) y todo lo que necesitan saber para viajar a España si están vacunados.
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Hoy en día solamente pueden ingresar a España por turismo aquellos colombianos que estén completamente vacunados contra el COVID-19 hace 14 días o más, con vacunas validadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) o la Agencia Europea de Medicamentos (EMA). Al momento se validaron las siguientes: Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Sinopharm y Sinovac.
Las personas vacunadas, además de haber recibido la vacunación completa con alguna de las mencionadas, hace 14 días como mínimo, deben cumplir con los siguientes requisitos para viajar a España como turistas:
Rellenar el formulario de entrada en http://spth.gob.es en formato digital o impreso y presentar el QR. Si no se tiene certificado COVID digital de la UE o uno equivalente, se debe llenar completo, y si se tiene, simplemente deberán rellenar la fecha de salida hacia España, el país o territorio de inicio de viaje y el archivo con el certificado.
Los viajeros procedentes de Colombia deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada a España. Si al séptimo día presenta un resultado negativo de la prueba PCR, podrá finalizar su aislamiento.
Ante esta norma se hace excepción con aquellos pasajeros que sean residentes en España o tengan Visa de larga duración expedidas por países de la Unión Europea y otros como Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Santa Sede y Suiza.
Deben contar con un certificado de vacunación reconocido por el Ministerio de Sanidad español que incluya:
Deberá presentar un certificado donde evidencie que se realizó una prueba de infección, los tipos de pruebas admitidas son: PCR, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a España. Prueba de antígenos, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 48 horas anteriores a la llegada a España.
Se debe presentar un certificado que valide la recuperación de Covid-19 en caso de haber contraído la enfermedad. Se aceptarán como válidos los certificados de recuperación expedidos por la Autoridad competente o por un Servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica con resultado positivo. La validez del Certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.
Los certificados de prueba de infección y recuperación deben incluir los siguientes datos: nombre y apellido del viajero, fecha de la toma de la muestra, tipo de test realizado y país emisor.
Los menores de edad pueden acompañar a las personas vacunadas cumpliendo con: